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Sentencia del TJUE sobre el modelo 720 de bienes en el extranjero

El 27 de Enero de 2022 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó Sentencia en el caso del modelo tributario 720 de España (bienes en el extranjero) en contra de los intereses de la Hacienda española.

El Tribunal viene a declarar nula la regulación fiscal creada en 2012 en tiempos del Ministro Montoro, para regularizar bienes ocultos a Hacienda en el extranjero. Dicha norma declaraba imprescriptible el derecho a gravar y sancionar en IRPF por las ganancias patrimoniales no declaradas en el modelo 720, y aplicaba sanciones elevadas (150%) sobre la cuota resultante y sanciones fijas desorbitadas por la no presentación del modelo 720 o sus errores. Todo ello ha sido anulado por el Tribunal europeo.

Esta cuestión afectó especialmente a emigrantes retornados y a ciudadanos extranjeros residentes en España con bienes en el extranjero.

¿Qué debo hacer para recuperar lo pagado a Hacienda?

1. Si regularicé mi situación tras el período de amnistía fiscal y tributé en IRPF puedo hacer valer la prescripción, puesto que la imprescriptibilidad ha sido anulada por el Tribunal europeo. Se aplicará así la prescripción ordinaria de cuatro años. Para reclamar debo estar dentro del plazo de cuatro años desde que presenté mi regulación.

2. Si fui objeto de un proceso de comprobación tributaria por bienes en el extranjero ocultos y no se llegó a la vía judicial: podré iniciar un procedimiento tributario de nulidad por habérseme aplicado normas anuladas.

3. Si recurrí a la vía judicial y recayó sentencia firme dictada antes de la Sentencia del Tribunal europeo: podré iniciar un procedimiento de reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Estado por haber dictado España una norma anulada por el Tribunal Europeo.

Solicite presupuesto a ACYL Abogados para que defienda sus intereses contra la Agencia Tributaria de acuerdo con la Sentencia de 27 de enero de 2022.

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